Contar con uno o varios diagnósticos médicos no implica, por sí solo, que exista una situación de incapacidad permanente.

En este tipo de procedimientos, una de las cuestiones fundamentales es determinar qué limitaciones funcionales provoca la patología y cómo afectan esas limitaciones al desempeño real de la actividad profesional del trabajador.

El artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social vincula la incapacidad permanente a alteraciones anatómicas o funcionales de gravedad, objetivables y con previsión de persistencia, que reduzcan o eliminen la capacidad para trabajar. El elemento relevante no es únicamente el nombre de la enfermedad, sino sus consecuencias funcionales sobre la capacidad laboral. Consultar el artículo 193 en el BOE

Del diagnóstico a la limitación funcional

Dos personas con un mismo diagnóstico pueden presentar situaciones laborales completamente diferentes.

Una hernia discal, una fibromialgia, una lesión de hombro, una cardiopatía o un trastorno psiquiátrico pueden generar distintos grados de afectación según su intensidad, evolución, respuesta al tratamiento y, especialmente, según las exigencias de la profesión que desarrolla cada persona.

Por ello, en una valoración de incapacidad no debería plantearse únicamente qué enfermedad tiene el trabajador. La cuestión médico-legal relevante es qué actividades no puede realizar, o no puede realizar con las condiciones de eficacia, continuidad y seguridad que exige su trabajo.

Esta distinción es esencial para valorar correctamente la viabilidad de un expediente.

La profesión habitual es una pieza clave

La incapacidad permanente tiene un marcado componente profesional. En particular, al valorar una posible incapacidad permanente total, es necesario relacionar el cuadro clínico y las limitaciones del trabajador con las funciones propias de su profesión habitual. En la incapacidad absoluta, el análisis se extiende a la capacidad para desarrollar cualquier profesión u oficio.

No se trata simplemente de analizar su estado de salud de manera abstracta. Esto obliga a estudiar con detalle cuestiones como:

  • Las tareas fundamentales de la profesión y sus requerimientos físicos y biomecánicos.
  • La necesidad de mantener determinadas posturas y manipular cargas.
  • Los desplazamientos o la conducción.
  • Las exigencias de concentración y atención.
  • La responsabilidad sobre terceros y la exposición a riesgos.
  • Los ritmos y jornadas de trabajo.
  • Las exigencias cognitivas o emocionales.

Una misma limitación puede resultar compatible con una profesión y ser determinante en otra. Por ejemplo, una reducción significativa de movilidad, fuerza o resistencia puede tener consecuencias muy diferentes en una actividad sedentaria respecto de una profesión que exige esfuerzos físicos continuados.

No basta con enumerar enfermedades

Uno de los problemas que pueden aparecer en los expedientes de incapacidad es disponer de abundante documentación clínica pero no de una verdadera traducción funcional de esa información médica.

Un historial puede recoger numerosos diagnósticos, pruebas complementarias, consultas con especialistas y tratamientos. Pero para valorar una posible incapacidad es necesario relacionar el diagnóstico y sus consecuencias con las limitaciones funcionales, las exigencias profesionales y la capacidad laboral residual.

Ese razonamiento es precisamente uno de los principales cometidos de la valoración médico-pericial.

La importancia de objetivar las limitaciones

La Ley General de la Seguridad Social exige que las alteraciones anatómicas o funcionales puedan determinarse de forma objetiva. Por ello, el análisis pericial debe apoyarse en elementos como la exploración clínica, pruebas diagnósticas, informes de especialistas, tratamientos realizados, evolución del paciente y resto de documentación médica disponible.

Objetivar una enfermedad tampoco significa automáticamente acreditar una incapacidad. Es necesario explicar qué consecuencias funcionales produce esa enfermedad y por qué resultan incompatibles, en su caso, con las exigencias de la profesión concreta.

Qué aporta el informe médico pericial

Para el abogado que estudia un posible procedimiento de incapacidad permanente, el informe pericial de incapacidad laboral permite estructurar médicamente el expediente y responder a cuestiones que la documentación asistencial no siempre aborda.

Entre otros aspectos, el perito puede valorar:

  • Las patologías realmente relevantes desde el punto de vista funcional.
  • Su gravedad y evolución.
  • Los tratamientos realizados y su respuesta.
  • Las secuelas existentes.
  • Las limitaciones funcionales previsiblemente permanentes.
  • Las exigencias concretas de la profesión habitual.
  • La compatibilidad entre dichas exigencias y las capacidades residuales del trabajador.

El objetivo no es simplemente reproducir los informes médicos existentes, sino interpretarlos desde una perspectiva médico-legal y laboral.

Cuando existen varias patologías

Otra cuestión especialmente relevante aparece cuando el trabajador presenta distintas enfermedades o lesiones. Analizadas de manera aislada, algunas pueden parecer insuficientes para justificar una incapacidad. Sin embargo, su efecto conjunto puede generar una limitación funcional mucho más relevante.

Por ello, la valoración médico-pericial debe analizar el cuadro clínico global y no limitarse a estudiar cada diagnóstico de forma independiente.

Dolor, pérdida de movilidad, fatiga, efectos secundarios de la medicación, dificultades cognitivas o trastornos emocionales pueden interactuar entre sí y condicionar conjuntamente la capacidad laboral.

Valorar la viabilidad antes de iniciar el procedimiento

Antes de iniciar o continuar una reclamación de incapacidad permanente puede resultar especialmente útil realizar un informe de viabilidad médico-legal.

Esta revisión permite estudiar la documentación disponible, identificar las patologías realmente relevantes, valorar las limitaciones funcionales existentes y determinar qué aspectos necesitan mayor acreditación médica.

Para el abogado, disponer de este análisis previo puede ayudar a plantear mejor la estrategia del procedimiento y a detectar posibles debilidades del expediente antes de elaborar una pericial completa.

El diagnóstico es el punto de partida

En los procedimientos de incapacidad permanente, conocer el diagnóstico es imprescindible, pero no suficiente. La cuestión determinante es establecer qué limitaciones produce, hasta qué punto son objetivables y previsiblemente permanentes y cómo afectan a la capacidad laboral, atendiendo al grado de incapacidad que se valora.

Transformar la información clínica en una valoración funcional y relacionarla correctamente con las exigencias del trabajo constituye una de las principales aportaciones del perito médico en este tipo de procedimientos.

En Solución Médico Legal contamos con una red de peritos médicos especializados que colaboran con abogados en la valoración de expedientes de incapacidad permanente, desde el análisis inicial de viabilidad hasta la elaboración del informe pericial y su posterior ratificación judicial.